domingo, 24 de novembro de 2013

La herencia

El principio en virtud del cual el hombre es sólo el depositario de la fortuna de la cual Dios le permite gozar durante su vida, ¿le quita el derecho de transmitirla a sus descendientes?

El hombre puede transmitir perfectamente, después de su muerte, aquello que ha usufructuado durante su vida, porque el efecto de este derecho está siempre subordinado a la voluntad de Dios, que puede, cuando quiere, impedir a sus descendientes gozar de él; este es el motivo porque se ven destruir las fortunas que parecen más sólidas. La voluntad del hombre para sostener su fortuna en su línea es, pues, impotente; lo que no le quita el derecho de transmitir el préstamo que ha recibido, puesto que Dios se lo quitará cuando lo crea conveniente.

- San Luis (Espíritu).
París, 1860.


Extraído del Capítulo XVI - No se puede servir a Dios y a las riquezas - de "El Evangelio según el Espiritismo" - Allan Kardec.

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